ESTATUTOS RINCÓN DE ARTE
ARTÍCULO I. CONSTITUCIÓN COMO COOPERATIVA
Nuestra cooperativa surge en septiembre de 2021 como “Rincón de Arte”, decidido por votación de todos sus socios y concluirá con la finalización del curso escolar, en junio de 2022.
ARTÍCULO II. SEDE SOCIAL
Nuestra cooperativa se encuentra ubicada en el aula de 5ºB de primaria del colegio Juan Pablo Bonet, en calle Río Gállego, 42 de Movera, Zaragoza.
ARTÍCULO III. COMPOSICIÓN EQUIPO DIRECTIVO.
Mediante campaña electoral y posteriores votaciones, se detallan los siguientes miembros electos:
-Presidenta: Noa Gonzálvez Ochoa
Vicepresidente: Hugo Gómez Pozancos
-Tesorero: Nicolás Lázaro Martínez
Subtesorero: Nuria Villellas Sanchón
-Secretario: Zésar García Villanueva
Subsecretaria: Inés Gracia Sanz
ARTÍCULO IV. ACTIVIDAD
La cooperativa elabora productos con materiales reciclados y que no perjudiquen al medio ambiente.
ARTÍCULO V. CAPITAL SOCIAL
Todos los socios al inicio de la creación de la cooperativa, hace una aportación de 10€ cada uno.
La cooperativa cuenta con 25 socios y por tanto con un capital inicial de 250€.
ARTÍCULO VI. RECUPERACIÓN DE LA INVERSIÓN.
Solo se recuperará el capital inicial cuando algún socio/a tuviera que abandonar la cooperativa por traslado a otro centro escolar o cualquier otra situación justificada, que presentada al equipo directivo, fuera aceptada por los motivos expuestos.
ARTÍCULO VII. OBLIGACIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO
El equipo directivo se compromete a cumplir sus funciones y de no ser así, se expondrá la situación en asamblea de socios para ser valorada y según la gravedad de los incumplimientos podría conllevar a sanciones como perder el capital inicial puesto o incluso la expulsión del equipo.
ARTICULO VIII. OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.
Los socios se comprometen a cumplir sus funciones y de no ser así, se expondrá la situación en asamblea de socios para ser valorada y según la gravedad de los incumplimientos podría conllevar a sanciones como perder el capital inicial puesto o incluso la expulsión del equipo.
ARTÍCULO IX. FINANZAS
Si se suceden pérdidas en la cooperativa, serán asumidas por todos los miembros de la misma.
ARTICULO X. FINANZAS
Las ganancias obtenidas serán invertidas en una actividad para todos los socios, decidida democráticamente por todos sus miembros y de no haber acuerdo, se asumirá la decisión dela mayoría.